
¿Cuál es la diferencia entre la mediación pública y la privada?
La diferencia es que en la mediación pública el mediador se designa por sorteo, mientras que en la privada lo propone el requirente.
Otra diferencia es que la mediación pública suspende la prescripción desde la fecha del sorteo y respecto de todos los requeridos. En la mediación privada la prescripción se suspende desde la fecha de interposición del medio fehaciente de notificación de la audiencia.
¿A cuanto ascienden los gastos para iniciar una mediación?
Tanto para la mediación pública como para la privada se debe abonar al Ministerio de Justicia un arancel que es de $35.-
Además se debe abonar, en concepto de gastos administrativos, la suma de $80.-
¿Cuánto son los honorarios del mediador?
Los honorarios están estipulados por Ley y varían según el monto reclamado:
Desde |
Hasta |
Honorarios |
$0.- |
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¿Cómo se inicia una mediación privada ?
El pedido de mediación lo realiza el letrado de la parte requirente telefónicamente, vía mail o a través del S.E.fij.aud.
¿Cómo se inicia una mediación pública ?
Se debe completar el formulario destinado a tal efecto por cuadruplicado y presentarlo para sorteo en la Cámara Nacional de Apelaciones del fuero que corresponda.
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